Recursos de inconstitucionalidad tramitados por el TC

Sobre leyes de las Comunidades Autónomas

Asuntos ingresados en el Tribunal Constitucional a nivel anual - Asuntos tramitados por el Tribunal Constitucional para recursos de inconstitucionalidad como tipo de asunto planteado al tribunal constitucional, total como promotor del asunto enviado al tribunal constitucional, comunidad autónoma como ámbito de la ley y España como país

Sobre leyes del Estado

Asuntos ingresados en el Tribunal Constitucional a nivel anual - Asuntos tramitados por el Tribunal Constitucional para recursos de inconstitucionalidad como tipo de asunto planteado al tribunal constitucional, total como promotor del asunto enviado al tribunal constitucional, estado como ámbito de la ley y España como país

Tribunal Constitucional

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Este gráfico representa la evolución de los recursos de inconstitucionalidad tramitados por el Tribunal Constitucional (TC) desde el año 2000. Concretamente, la estadística muestra como los recursos alcanzaron su máximo en 2013. Los datos están divididos para leyes de ámbito de las comunidades autónoma y el Estado. El recurso de inconstitucionalidad es uno de los procesos constitucionales a través de los que el Tribunal Constitucional garantiza la supremacía de la Constitución y enjuicia la conformidad o disconformidad con ella de las leyes, disposiciones normativas y actos con fuerza de ley del Estado y de las Comunidades Autónomas. Pueden ser objeto del recurso de inconstitucionalidad: a) Los Estatutos de Autonomía y las demás leyes orgánicas; b) Las demás leyes, disposiciones normativas y actos del Estado con fuerza de ley; c) Los tratados internacionales; d) Los Reglamentos del Congreso de los Diputados, del Senado y de las Cortes Generales; e) Las leyes, actos y disposiciones normativas con fuerza de ley de las Comunidades Autónomas; f) Los Reglamentos de las Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas. Están legitimados para interponer el recurso de inconstitucionalidad el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, cincuenta Diputados y cincuenta Senadores. Los órganos ejecutivos y legislativos de las Comunidades Autónomas están legitimados para interponer recurso de inconstitucionalidad contra las leyes, disposiciones y actos del Estado con fuerza de ley que puedan afectar a su propio ámbito de autonomía - España