Muertos en accidentes de tráfico de motocicletas

(30 días del accidente)

Muertos en accidentes de motocicletas

Accidentes de tráfico a nivel anual - Fallecidas para total como tipo de vía, motocicletas como tipo de vehículo, 30 días como tiempo transcurrido hasta cómputo de víctimas y España como país

DGT

Se consideran accidentes de tráfico con víctimas los que se producen, o tienen su origen en una de las vías o terrenos objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, cuentan con la implicación de al menos un vehículo en movimiento y a consecuencia de los mismos una o varias personas resultan muertas y/o heridas. Se considera fallecido toda persona que, como consecuencia de un accidente de tráfico, fallece en el acto o dentro de los siguientes treinta días. Se excluyen los casos confirmados de muertes naturales o en los que existan indicios de suicidio. Se considera herido con hospitalización superior a veinticuatro horas (a efectos de las tablas estadísticas, "herido hospitalizado") toda persona que, como consecuencia de un accidente de tráfico, precisa una hospitalización superior a veinticuatro horas. Se excluyen las personas fallecidas en los 30 días posteriores al accidente. - España
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